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Normas y leyes esenciales para pescar la trucha en España
En los ríos españoles existen muchos peces, pero ninguno tan reglamentado en su pesca como la trucha. Sus especiales características, su ciclo biológico y, sobre todo, su regresión hacen necesarias muchas normas de pesca, que se dictan cada año a través de las Órdenes de Veda de cada comunidad autónoma.
> Temporada de pesca
El primer dato a tener en cuenta es que existe un período concreto en el que se permite pescada, generalmente desde el tercer o cuarto domingo de marzo hasta finales de julio. Meses que corresponden con la época en la que ya ha completado su reproducción y por tanto se evita el daño de pescar ejemplares con huevas. Pero no todas las truchas lo hacen al mismo tiempo: depende de la temperatura del agua. Por eso, en las zonas de montaña este periodo hábil se retrasa y va de mayo a agosto. Además, ahora muchas regiones extienden la temporada hasta septiembre u octubre con la obligación de que en esos meses se devuelvan obligatoriamente los peces pescados.
> Cupo de trucha
También se establecen cupos, muy diferentes de un lado a otro de la península, y que van desde los 10-12 ejemplares que se puede llevar un pescador gallego al día a los 4-5 de un castellanoleonés o a la prohibición de hacerlo con ninguno en la Comunidad Valenciana, Andalucía o casi toda Cataluña.
> Talla mínima
Igual sucede con las tallas mínimas, que pretenden evitar el sacrificio de truchas excesivamente pequeñas y que aún no han procreado. Aunque hay excepciones según los ríos, se suele poner ese tope en los 19 ó 21 centímetros medidos desde la boca hasta la cola extendida. Para establecer un mayor control de la guardería y evitar la sobrepesca se establecen también una serie de días hábiles (suelen dejar uno por semana de descanso) y un horario fuera del cual está prohibido acudir al río. Éste va desde una hora antes de la salida del sol hasta una después de que se haya puesto.
> Cebos y señuelos legales para la trucha
El aspecto en el que más se legisla y se ha avanzado es el que respecta a los cebos y señuelos. Existen artes prohibidas desde hace años, como pescar a mano, hacer pesca submarina en agua dulce o las redes, pero también ciertos insectos «demasiado apetitosos» para la trucha. En general, la pesca con cebos naturales tiende a estar más restringida y se fomentan los señuelos artificiales, los que sólo tengan un anzuelo y que éste no posea arponcillo.
> Comercialización de la trucha
Las normas más tajantes, y que no faltan en ninguna Orden de Veda, son las que recuerdan y prohíben su venta y comercialización. Algunas si la permiten pero, en general, si un pescador quiere vender las truchas que ha capturado, es preferible que se asegure de que no es ilegal. Es la única forma de evitar que se fomente el furtivismo. Para conocer a fondo la normativa se deben consultar los boletines oficiales de las comunidades autónomas, donde se publican las órdenes de veda de pesca entre las meses de enero y febrero.
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